25 sept 2009

Enfermería: solicitud al Diputado Sylvestre Begnis y a la Senadora Giri

El dia 12 de Mayo de este año, en el Anexo de la Camara de Diputados de la Nación, se realizo un evento en el Dia Internacional de la Enfermería, organizado por el Diputado Leonardo Gorbacz y  nuestra Agrupación.
Estuvieron presentes los legisladores Delia Bisutti, Hector Recalde y Juan Sylvestre Begnis.

La version completa de este evento, (version taquigrafica de las exposiciones, imagenes), las podemos ver en:
 http://12demayo2009.blogspot.com

Compartimos con Uds. las expresiones de Hector Recalde, que claramente nos llamó a la acción en pos de conseguir nuestros objetivos....



El Diputado Sylvestre Begnis, reconoció que el proyecto de ley que esta en el Senado:
"sin ninguna duda es perfectible..."



Tambien nos dijo a tod@s:
 "si se quiere que tengamos enfermería, que el país ponga los recursos y las políticas favorables..."




Sr. Diputado Sylvestre Begnis:
 

           Desde la Agrupación de Enfermería 21 de Noviembre, le solicitamos que como actual impulsor político del proyecto Ocaña, colabore con las Organizaciones de Base que estamos trabajando en la modificacion del citado proyecto del ejecutivo que cuenta con media sancion de Diputados.
           Consideramos auspiciosa su presencia en el evento que realizamos el dia 14 de septiembre pasado en el Salon Manuel Belgrano del Senado de la Nacion con la Senadora Rosa Diaz, por  una Política de Estado en Enfermería.
            Su participación y la de su asesora, son un gesto político de suma importancia para la construcción de una Ley que Verdaderamente Desarrolle la Enfermería y la Salud de la Argentina. 



Diputado Sylvestre Begnis junto a la Senadora Rosa Diaz.-

 Seria de suma importancia que en funcion a sus dichos, abriera el juego para tener una ley que incluya a los actores a los que va dirigida, tomando las sugerencias y reclamos del sector profesional involucrado.

Sra. Senadora Haide Giri:

Le solicitamos que incluya en el proyecto con media sanción de diputados, las modificaciones sustanciales necesarias para hacer letra viva el acto parlamentario.

Esta en sus manos, elaborar una herrmienta legislativa útil a la Enfermería de la Argentina, o por el contrario, generar una ley que sólo contempla un aspecto del problema global de la falta de enfermeros, como lo es la formación y poco va a resolver el problema de fondo.

Ud. tiene la posibilidad de pasar de un "Plan" a una "Politica de Estado" integral de Enfermería.

Desde la Agrupación de Enfermería 21 de Noviembre proponemos incluir al proyecto de ley con media sanción lo siguiente:
Visto:

a) El Proyecto de Ley para un Plan Nacional de Enfermería enviado por el PEN (28-PE-2008) y el Proyecto presentado por los Diputados Kenny y Kroneberger (6502-D-2008), ambos aprobados en Diputados e ingresados al Senado como Expediente CD-01/09.

b) El Proyecto de ley iniciado en Diputados Expediente: 6768-D-2008 “RATIFICACION DEL CONVENIO 149 DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE EL EMPLEO Y CONDICIONES DE TRABAJO Y DE VIDA DEL PERSONAL DE ENFERMERIA.”

Autores: GORBACZ, LEONARDO ARIEL y  BISUTTI, DELIA BEATRIZ.

c) El Proyecto de ley iniciado en Diputados, Expediente: 6764-D-2008 “APROBACION DEL CONVENIO 149 DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE EL EMPLEO Y CONDICIONES DE TRABAJO Y DE VIDA DEL PERSONAL DE ENFERMERIA”

Autores: FEIN, MONICA HAYDEE, ZANCADA, PABLO V., MARTIN, MARIA ELENA, SESMA, LAURA JUDITH, VIALE, LISANDRO ALFREDO, CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR, CARCA, ELISA BEATRIZ

d) El Proyecto de Ley de la Senadora Díaz para una “Política de Estado en Enfermería”, Expediente Nº S-2011/09.


Luego de un pormenorizado análisis, proponemos que al proyecto de ley Expediente CD-01/09 con media sanción de Diputados, en honor a lo expresado oportunamente por el Sr. Diputado Sylvestre Begnis, sea perfectible y se le agreguen los siguientes Artículos del Proyecto de la Senadora Díaz, además de una especificación en el régimen jubilatorio, inspirado en la ley de ejercicio de enfermería en Paraguay.



La Senadora Díaz en su proyecto retoma el Convenio 149 de la OIT, que es acreedor a 2 proyectos de ley en la Cámara de Diputados.



Proponemos, de esta manera, generar una herramienta legal suficiente para jerarquizar a la Enfermería Argentina.
 
Tomamos del Proyecto de la Senadora Diaz:



1) La ratificación del Convenio 149 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el Empleo y Condiciones de Trabajo y de Vida del Personal de Enfermería y de su Recomendación 157, (Art. 2)



2) Crear la Dirección Nacional de Enfermería (Art. 5)



3) Promover, incentivar y priorizar postulación de los beneficiarios de planes sociales para la formación de Enfermer@s. (Art. 6)



4) Garantizar la salida laboral inmediata con incorporación a la planta de personal del sector público. (art. 17)



5) Crear Programas Jurisdiccionales de Tolerancia Cero a la Violencia Laboral, fundados en las “Directrices marco para afrontar la violencia laboral en el sector de la salud”, elaboradas en conjunto en el año 2002 por la Organización Internacional del Trabajo, el Consejo Internacional de Enfermería, la Organización Mundial de la Salud y la Internacional de Servicios Públicos. (Art. 22)



6) Se estudiará en cada jurisdicción el desgaste laboral en el ejercicio de la enfermería y cesarán las causales que resulten incriminadas. (Art. 23)



7) El régimen jubilatorio (art. 24)

En este punto tomamos el tema, pero con un nuevo texto propuesto para el régimen jubilatorio, Inspirado en la ley del Ejercicio de la Enfermería de Paraguay, N° 3206/2006:



“…Para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria, el personal de enfermería debe reunir los siguientes requisitos:

a) tener cumplidos cincuenta y cinco años de edad; y,

b) haber realizado veinticinco años de aportes jubilatorios.

c) Si el/la enfermero/a al cumplir la edad y plazos jubilatorios presenta buen estado de salud psicofísica, podrá optar por seguir trabajando hasta la edad ordinaria del régimen previsional, manteniendo la estabilidad y beneficios adquiridos.

d) A quienes continúen trabajando más allá de la edad jubilatoria, se les realizara un examen psicofísico anual que los habilite.

e) Dada las características de Criticidad e Insalubridad del trabajo de Enfermería, los enfermeros se jubilaran con el 82% móvil.



Ademas, consideramos  fundamental agregar lo siguiente:



8) Jornada Laboral.  (inspirado en la ley del enfermero peruano, 27669/2002)

La jornada laboral de la enfermera(o) tendrá una duración máxima de treinta y cinco horas semanales para las áreas abiertas y treinta horas semanales para las áreas cerradas. La reducción de jornada no importará disminución de las remuneraciones. La Jornada laboral mas extendida será de 12 hs. 


Entre jornadas laborales consecutivas debe haber un descanso mínimo de 12 hs.

Se desaconsejan, por sus efectos insalubres, los turnos rotativos.

Se considera al turno franquero como turno especial, ya que presta servicio según lo normado en el Art. 203 de la ley 20.744

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