24 abr 2010

Ciudad de Bs. As., Proyecto de Ley.

Expediente: 962-D-2010 
Autores: Diputados ANÍBAL IBARRA y MARÍA ELENA NADDEO


PROYECTO DE LEY
 
INGRESO DIRECTO AL SISTEMA DE SALUD DE LOS EGRESADOS DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ENFERMERIA CECILIA GRIERSON

Art.1º. Los alumnos/as de la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson ingresarán en forma directa a los planteles de los hospitales y centros de salud dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los treinta (30) días hábiles contados desde la fecha  de su matriculación.
Ello, salvo que los/as interesado/as manifiesten su oposición a la incorporación.

Art.2º.  A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo lº de la presente ley se establecen los siguientes recaudos y procedimientos:

   1. Los egresados/as realizarán durante los primeros seis meses de su ingreso en el Sistema de Salud, una capacitación en servicio, en el horario que establezcan el hospital o centro de salud al que fueran destinados.
   2. El gobierno de la Ciudad incorporará a los egresados/as a los/as que alude esta ley como personal  del Ministerio de Salud, debiéndoseles efectivizar la remuneración mensual y las demás prestaciones correspondientes a la actividad que desarrollen, equivalentes en un todo a la categoría  de Enfermero/a  Profesional.
   3. La capacitación específica estará a cargo del Departamento de Enfermería del hospital o centro de salud correspondiente, bajo la supervisión y con la colaboración de la Dirección General Adjunta de Enfermería y de la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson.
   4. Transcurridos los seis primeros meses de la capacitación en servicio,previa evaluación de sus aptitudes efectuada por los organismos mencionados en el inciso anterior, los/as enfermeros/as serán considerados personal de planta permanente del Ministerio de Salud y encuadrados/as a todos los efectos en la normativa de aplicación a aquéllos.


Art.3º.  Quienes no aprueben la evaluación de aptitudes no podrán incorporarse a la Planta Permanente.
              La capacitación y evaluación deberán tenerse en consideración cuando se realicen concursos. 

Art.4o. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.

Art.5º. De forma.


                                                  FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
 
                       Sería redundante explicar en estos fundamentos la necesidad que tiene la Ciudad de concretar la incorporación de nuevos enfermeros y enfermeras debidamente capacitados para dar respuesta a los requerimientos siempre crecientes del Sistema de Salud.
 
                        Es este uno de los temas de mayor preocupación para quienes tienen la tarea de supervisar y auditar el funcionamiento de las salas de internación y otras áreas críticas de aquél, que requieren en forma permanente personal de enfermería.
 
                        El déficit de estos trabajadores se encuentra reconocido por las estadísticas del propio Ministerio de Salud , el que a lo largo de distintas gestiones ha manifestado que se necesitan alrededor de tres mil enfermeros/as más  en los distintos Servicios.

                        La Ciudad de Buenos Aires cuenta con una Escuela de Enfermería de excelente calidad y trayectoria ampliamente reconocidas.
                     
            En efecto, la Escuela de Enfermería Cecilia Grierson, fundada en 1886 por quien lleva su nombre, primera médica argentina, ha  dado en los últimos diez años pasos importantes para afirmar su profesionalización.
 
                      
           Convertida en Escuela Superior en el año 1999 por la Legislatura porteña, pasó a desarrollar  nuevos planes de acuerdo a los más modernos criterios establecidos por la legislación nacional e internacional, con lo cual su prestigio  ha seguido creciendo merecidamente.

                        Cada año unos doscientos alumnos con distintos perfiles y modalidades egresan de sus aulas, siendo rápidamente absorbidos por los sanatorios y hospitales privados.
 
                        Los estudiantes, graduados y el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Enfermería han reclamado  en distintos foros y ámbitos oficiales  la necesidad de legislar un sistema de ingreso directo a los hospitales y centros de salud de la Ciudad para los egresados de la Institución, de manera que aquélla pueda retener al personal que ha sido capacitado intensamente a nivel educativo terciario.
                     
           Debemos satisfacer tanto una aspiración añeja de la comunidad de enfermería de la Ciudad como salir al encuentro de las necesidades de su Sistema de Salud.

                       Conforme a las recomendaciones que la comunidad antes mencionada nos formulara proponemos el ingreso directo al trabajo, con una capacitación en servicio para que los egresados se incorporen gradualmente al ejercicio de su profesión.
 
                        Consideramos que seis meses es tiempo suficiente para establecer los primeros lazos de vinculación laboral y profesional y también para que la autoridad  competente pueda realizar las evaluaciones necesarias para indicar en qué lugares se producirá la inclusión definitiva del personal ya capacitado.

                         Por lo expuesto, es que se solicita la aprobación del presente Proyecto.  
                              
     El presente proyecto es de autoría de los Diputados  Maria Elena Naddeo y Aníbal Ibarra.

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