13 ago 2010

Argentina.-

 Actos de Discriminación Gremial
Determinan que la Tutela contra Actos de Discriminación Gremial No Alcanza Únicamente a los Trabajadores Tutelados por la Ley 23.551

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó una sentencia de primera instancia que declaró la nulidad del despido dispuesto por la empleadora, ordenando la reinstalación de la trabajadora, tras determinar que la tutela contra actos de discriminación gremial no alcanza únicamente a los trabajadores tutelados por la ley 23.551.

El juez de grado hizo lugar a la acción de amparo presentada por una trabajadora, declarando la nulidad del despido dispuesto por la demandada respecto de la actora y ordenando su reinstalación en su puesto de trabajo, sentencia que fue apelada por la demandada.

Los jueces que integran la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidieron confirmar la sentencia apelada, señalando que "la tutela contra actos de discriminación gremial no alcanza únicamente a los trabajadores tutelados por la ley 23.551 como representantes orgánicos de asociaciones con personería gremial", haciendo referencia a la doctrina de la Corte Federal emitida en el precedente "Rossi", y en especial en lo reglado por el artículo 1º de la Ley 23.592, que sanciona con invalidez a los actos de segregación cuya causa fin concierne a discriminaciones negativas basadas en motivos gremiales.

En los autos caratulados "Acosta Nydia Mabel c/ Galeno Argentina S.A s/ Acción de Amparo", los jueces añadieron que resultaba errado sostener que un trabajador carezca de protección contra discriminaciones sindicales por haber participado en la creación de una asociación sindical que a la fecha del despido no había alcanzado inscripción registral.

En tal sentido, los magistrados explicaron que "la libertad de contratar, garantía que agita la accionada para controvertir lo decidido, como todo derecho subjetivo no es un derecho absoluto y por lo tanto debe ejercerse conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio (Art.14 CN)", poniendo énfasis en que  "entre tales límites se encuentra el de no afectar la garantía de libertad sindical ".

Por otro lado, en la sentencia dictada el pasado 14 de junio, con relación al argumento expuesto por la demandada en relación a la contradicción con los actos propios, el cual se derivaría de la percepción por parte de la demandante de la indemnización por despido depositado por la empleadora, los camaristas concluyeron que ello no se ajustaba a la realidad, debido a que consta en la causa que la trabajadora depositó dichas sumas de dinero en la cuenta de autos, añadiendo que la teoría de los actos propios es de relativa aplicación en la disciplina laboral, con ajuste a lo reglado por el artículo 12 de la ley 20.744.

Argentina.-

Profesionales de la Salud
31 de agosto: Jornada Nacional de Lucha
[ACTA] La Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires (CICOP-CTA), adhiere a la Jornada de Lucha Nacional que decidió el Comité Ejecutivo de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FeSProSa) que sesionó el sábado 7 de agosto en Mendoza.
La reunión contó con la participación de 14 provincias. Se pasó revista a la situación gremial, política y social en todo el territorio nacional. Se constató una cerrada negativa de los gobiernos provinciales para reabrir la discusión salarial.
Los aumentos salariales obtenidos en la primera ronda de negociaciones no rebasan el 21% anual, en el mejor de los casos, y fueron erosionados por el proceso inflacionario. El consenso unánime es que es necesario un nuevo aumento salarial para el 2010 y que el piso a alcanzar es un aumento anual del 30%.
La marcha de los procesos de desprecarización laboral es despareja. En algunas provincias y en los establecimientos asistenciales de la órbita del Ministerio de Salud de la Nación el avance es nulo.
Se fijó una política sobre los reclamos previsionales basadas en las conclusiones de la “Jornada Nacional por una Jubilación digna para los Profesionales de la Salud”. La problemática está hoy en la agenda del estado y se propició apoyar las iniciativas que apunten a la reforma del sistema previsional.
El proyecto que más apoyo concita entre los profesionales de la salud es el presentado por la diputada Graciela Iturraspe debido a que establece un 82% del mejor sueldo en cualquier categoría y señala como una de las fuentes de financiación el aumento de los aportes patronales.
Para avanzar en la concreción de estos objetivos prioritarios se fijó el 31 de agosto para la realización de una jornada de lucha en todo el país por:
• La reapertura de la discusión salarial y un aumento del 30% en el 2010 y la puesta en marcha y/o aceleración de los procesos de desprecarización laboral.
• Una reforma del sistema previsional que garantice a los jubilados una retribución del 82% del salario de los activos de su categoría.
• El otorgamiento inmediato de la personería gremial a la FesProSa que está a la firma del Ministro de Trabajo Carlos Tomada y la concreción de una paritaria nacional de los Profesionales de la Salud.
La FesProSa y sus filiales provinciales se sumarán a las marchas, actos e iniciativas que se desarrollen para avanzar en la sanción legislativa del 82% móvil.
Se aprobó trabajar en todas las provincias para contribuir al “Encuentro Nacional de Hospitales Pediátricos, Servicios de Pediatría y Atención Primaria de la Salud” convocada en conjunto por FesProSa y las Asociaciones de Profesionales de los Hospitales Garraham y Gutiérrez para el 26 y 27 de Noviembre.
Se decidió estar presente en los siguientes eventos internacionales: El IAMRECON de la ISP, la Asamblea Mundial en Servicio Públicos en Ginebra y en la Asamblea Mundial en Defensa de Sistemas Universales de Salud en Brasilia.
Se aprobó un plan de formación sindical de alcance nacional.

Tucumán: Repudio de la CTA

 [12/08/2010 - ACTA] En una nota dirigida a la secretaria general del Sindicato de Trabajadores Autoconvocados de la Salud (SITAS), Estela Di Cola, la CTA Tucumán, a través de su secretario general, Salvador Agliano, repudió el despido de un delegado de esa organización en el Centro de Salud. La misiva dirigida a Di Cola señala: "En representación de la CTA Tucumán, quiero manifestar mi total repudio a la injustificada desafectación del Dr. Carim Asus, teniendo en cuenta en primer lugar, su condición de trabajador autoconvocado de la salud, con el agravante que además es delegado del personal del nosocomio, elegido por las bases y miembro de la Comisión Directiva del recientemente constituido Sindicato de Trabajadores Autoconvocados de la Salud (SITAS). Vale recordar que el conflicto entre el Gobierno y los autoconvocados de la salud parece no tener fin. Ahora, el despido de un delegado avivó el fuego de la protesta, y hoy los trabajadores del Centro de Salud cumplieron un paro total de actividades.

Enfermería y responsabilidad política

En breve estaremos en el mes mundial de la salud, es una gran oportunidad para llevar adelante estrategias para transmitir de forma clara ...