13 oct 2011

PERSONAL DE ENFERMERÍA HOSPITAL ZONAL CALETA OLIVIA

Al Dr., Silvio Jaime
Junta interna ate ; hospital zonal ,Caleta Olivia
MODIFICACIONES, EN LA CARGA HORARIA,
AL JEFE DE DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA DEL HOSPITAL
ZONAL .CALETA OLIVIA
DESPACHO
LIC ..ELIZABET PINTOS.
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a los fines de solicitar a UD. y por su intermedio a las autoridades que correspondan, que se revea la modificación del diagrama de trabajo, en cuanto al aumento de guardias a cubrir .ya que entendemos que por directivas emanadas de la dirección general de enfermería se nos solicita cumplimentar ,18 a 20 guardias mensuales para así realizar carga horaria exigida por el antiguo contrato de trabajo por el cual ingresa vamos a la administración pública el cual rezaba para la ex ley ,1200 carga horaria (40)horas semanales .para la ex ley 1795(35) horas .semanales .pero no especifica .horas mensuales .
El 13 de septiembre de 2010 se realiza mediante acuerdo con los gremios y sucesivamente .decreto de ley ; 2986 ,la derogación de las leyes 591 – 1200 - 1795 pasando a ser ex estas leyes y pasando dicho personal a ser personal convencionado (regido por convenio colectivo de trabajo ,homologándose 81 puntos de dicho convenio
Por decreto reglamentario .2188/09,ley 2986.y decreto reglamentario 2290/07,,que adjuntamos como así también enviamos copias de arreglo interno subscripto con departamento de enfermería ,en la figura de enfermera universitaria Sra., Alejandra luna y por la dirección .Dr. diego ciolfi ,con fecha ,marzo del 2007 el cual tomamos como arreglo interno(derecho adquirido) entre la dirección y departamento de enfermería ,con el consenso de todos los trabajadores ,como así lo exige .la comisión negociadora central .la cual hace saber en el capítulo de actas firmadas con el gabinete de ministros y paritarios de los 3 gremios mayoritario con fecha 13 de septiembre de 2010 ,(en caso de que se desconociera el derecho adquirido por los trabajadores a través del decreto,2188/09 se procederá al reclamo por vía legal en forma correspondiente )
Considerando que dichas políticas deben tener por objeto lograr la plena vigencia del DERECHO A LA SALUD para la población, tendiente a alcanzar la meta de la SALUD PARA TODOS en el menor tiempo posible mediante la implementación y desarrollo de un sistema basado en criterios de EQUIDAD, SOLIDARIDAD, EFICACIA, EFICINCIA Y CALIDAD.-
Que teniendo en cuenta el conjunto de actividades que intervienen en el proceso global destinado a asegurar dicho nivel de calidad y calidez que hacen a la habilitación y categorización de los Establecimientos Asistenciales; el
control del ejercicio profesional del personal que integra el equipo de salud; la fiscalización y control sanitario necesarios; la evaluación de la calidad de la atención enfermero de los servicios de salud.-
Que para ello es imprescindible contar con normas de organización y funcionamiento claras, tendientes a cuidar a los que cuidan y normas de atención enfermero, cuya elaboración ha de ser objeto de la DIRECCION GENERAL DE ENFERMERIA y en la que participen Entidades Académicas, Universitarias y Científicas de Profesionales y Prestadores de Servicio, asegurando de esta forma una participación pluralista con experiencia y rigor científico.-
Y que según los conceptos establecidos por el CIE (CONSEJO INTERNACIONAL DE ENFERMERÍA) según el cual su normativa es de plena operatividad en todos los países, con contenidos apropiados para que se puedan coordinar los servicios, sin superponer las actividades, teniendo especial atención, en respetar los descansos correspondientes, de los profesionales enfermeros, que brindan asistencia directa.-
Dicho ORGANIZACION estima conveniente que las horas de trabajo, realizando asistencia, sea de seis horas, mientras que las últimas dos, se dejarían para capacitación de enfermería, con la finalidad de poder mejorar la atención del paciente/cliente, dando EFICIENCIA, EFICACIA Y CALIDAD al sistema de atención enfermero hospitalarios, de los cuales se identifican subsistemas:
PREHOSPITALARIA E INTRAHOSPITALARIA .(POTENCIAL PELIGRO DE VIDA PARA EL EQUIPO RESCATISTA)ATENCION DE PACIENTES ,AMBULATORIOS ,CONSULTORIOS EXTERNOS,PACIENTES INTERNADOS ,CON DIVERSAS Y VARIADAS PATOLOGIAS ,PRESTACIONES DE ENFERMERIA DE CENTROS PRIVADOS .TRASLADO DE PACIENTES DOMICILIARIOS ,(ONCOLOGICOS ,DIALISADOS Y DERIVADOS ,PATOLOGIAS (PSIQUIATRICAS ,PEDIATRICAS,GINECOLOGICAS .TRIAGE .ASISTENCIA DE MEDICO DE SOPORTE .COBERTURA DE EVENTOS .
, TRASLADOS DE URGENCIA A HOSPITALES DE MAYOR COMPLEJIDAD Y TRASLADOS PROGRAMADOS PARA ESTUDIOS E INTERCONSULTAS MEDICAS (en este hospital). Este sistema puede contar con diferentes grados de complejidad, que permita ofrecer a la comunidad un sistema pre. Intra y post-hospitalario en que garantice la CALIDAD DE LA ATENCION ENFERMERO.-
Emergencias: son situaciones de riesgo de vida real que requieren asistencia médica en forma inminente, todo sistema llamado de emergencias médicas debe cumplir con este requisito.
Urgencias: son situaciones de riesgo de vida potencial que requieren atención médica a la brevedad.
Para el cumplimiento de dichos objetivos, se deben precisado ciertos conceptos:
ENFERMERO: es un ser humano, preparado académicamente, para el cuidado de paciente en todos sus niveles, a lo que se suman los traslados a hospitales de mayor complejidad, los cuales (según la O.M.S.) no deben ser más allá de su capacidad como ser humano para poder lograr este principio, el profesional de enfermería debe estar sano en toda su dimensión, psíquica, física, y socialmente.-
Sistemas de Traslados Terrestres Programados: es la organización de los recursos físicos y humanos coordinados para implementar el transporte de pacientes de un punto a otro con distintos niveles de complejidad, en condiciones de seguridad acordes a los requerimientos del estado clínico del paciente. Estos pueden ser traslados de pacientes de alto riesgo y de bajo riesgo. este tipo de traslado se realiza frecuentemente con enfermero ,sin medico..
En virtud de brindar una atención profesional enfermero responsable, teniendo en cuenta que para poder lograr la misma, no se puede pretender, cubrir las necesidades del hospital, a costa del sacrificio de los profesionales; que al reducir su tiempo de descanso, expone al paciente, a una atención deficiente, estrechamente relacionada, con el estrés resultante del cansancio, provocado por lo anteriormente dicho, el desapego familiar, que de por si ya esta agravado, al haber fracasado, en los reclamos de aumento salarial mantenidos en gran parte del año, fue necesario salir a buscar otros trabajos que nos permita hacer frente a nuestras necesidades, ya que el poder adquisitivo del trabajador ha ido en desmedro constante, en estos últimos cuatro años y cada día alcanza menos.
Por todo lo anterior expuesto el personal de ENFERMERIA solicita:
1. Se vuelva al diagrama anterior, de 17 0 18 guardias en los turnos diurnos, y de 14 a 16 en los nocturnos.
2. Se paguen las guardias pasivas, por cada día que este en disponibilidad al precio anterior, correspondiente a las guardias poli funcionales, y que las mismas se encuentren dentro de la carga horaria.
3. Se devuelvan los francos generados por carga horaria mensual ya que cuando
fueron generado, se realizo con el consentimiento de los trabajadores respondiendo a una necesidad del hospital, con la promesa de que cuando las necesidades de servicio, lo permitieran, estos serian devueltos. Lo mismo que completar planteles de enfermeros y que hasta el momento no se a cumplido a pesar de los constantes reclamos ,y del incremento de atención y prestación que realizamos con una población en constante crecimiento (aproximadamente 70,000 habitantes ) y 2 enfermeros por turno en todos los servicios
Sin otro particular y a la espera de una pronta y favorable respuesta, la saludo atentamente.-
Caleta Olivia 11/10 de 2011
PERSONAL DE ENFERMERÍA HOSPITAL ZONAL CALETA OLIVIA.


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