6 oct 2010

España.-

Una sentencia obliga al Ib-Salut a indemnizar a una enfermera por el periodo de lactancia que no disfrutó

Una reciente sentencia obliga al Servicio Balear de Salud (Ib-Salut) a indemnizar a una enfermera del 061 que en 2009 solicitó una adaptación de su puesto de trabajo para atender la lactancia de su hijo menor de nueve meses, que le denegaron, tras lo cual pidió una licencia durante el periodo de lactancia a la que tampoco pudo acceder, según ha informado el Sindicato de Enfermería de Baleares (Satse).
Una reciente sentencia obliga al Servicio Balear de Salud (Ib-Salut) a indemnizar a una enfermera del 061 que en 2009 solicitó una adaptación de su puesto de trabajo para atender la lactancia de su hijo menor de nueve meses, que le denegaron, tras lo cual pidió una licencia durante el periodo de lactancia a la que tampoco pudo acceder, según ha informado el Sindicato de Enfermería de Baleares (Satse).
En un comunicado, la entidad lamenta que como ha estado advirtiendo desde el comienzo de la actual legislatura, la actitud del Ib-Salut de "negar derechos claramente reconocidos a los profesionales de la sanidad, viene provocando que conflictos que se evitarían con el mero cumplimiento de la ley acaben en los tribunales, con la burda intención de ganar tiempo".
Tal y como ha recordado, cuando la enfermera solicitó la adaptación, el Ib-Salut le comunicó que no había posibilidad de adaptar el puesto por "no poder evitarse el riesgo de posible contagio de la leche materna, ni evitar la "incomodidad porque no se le puede asegurar que en una guardia disponga de tiempo para la lactancia".
Ante esta respuesta, la enfermera inició el trámite para solicitar la licencia durante el tiempo de lactancia del menor de nueve meses, una circunstancia que, según el sindicato, está recogida en la Ley General de la Seguridad Social y en consonancia con la protección de un interés jurídico mayor, como es la protección de un hijo.
Según ha señalado, como el Ib-Salut tiene concertada esta prestación con la Mutua Balear, según un Acuerdo al que en su momento se opusieron "absolutamente" todos los sindicatos de la Mesa Sectorial, la enfermera fue derivada a la misma.
"La respuesta de la Mutua venía a decir que las condiciones de trabajo de la enfermera no afectan negativamente a la lactancia, que los riesgos biológicos se podían evitar", afirma la entidad sindical, que indica que la negativa provocó la demanda de la enfermera a través de Satse, en el sentido de que se le reconociera su derecho a la licencia durante la lactancia.
En este contexto, para el sindicato "hechos como éste, que en absoluto son aislados requieren una urgente toma de medidas por parte del Ib-Salut, que concierta las prestaciones de sus trabajadores con organismos (en este caso la Mutua Balear), que claramente perjudican a los profesionales a los que deniega sus derechos".
Es por ello que la entidad considera que la resolución "no sólo da la razón a los argumentos de Satse, obligando a indemnizar a la enfermera por la licencia que no disfrutó, sino que además supone "un toque de atención" al propio Ib-Salut y a la médico de la Mutua, de la que el juez afirma que emitió su informe "sin haber acudido a la base del 061 durante una guardia, ni a una UVI móvil, su valoración es sobre unas guías que no contemplan, por no estudiado, el trabajo de la enfermera".

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