12 ene 2011

ESPAÑA, Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en los Departamentos de Quirófano y Esterilización serán:

Art. 76 del Estatuto:
Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en los Departamentos de Quirófano y Esterilización serán: 


  1.  El cuidado, conservación y reposición de batas, sabanillas, toallas, etc.
  2. El arreglo de guantes y confección de apósitos de gasa y otro material.
  3. Ayudar al personal Auxiliar Sanitario Titulado en la preparación del material para su esterilización.
  4. La recogida y limpieza del instrumental empleado en las intervenciones quirúrgicas, así como ayudar al Personal Auxiliar Sanitario Titulado en la ordenación de las vitrinas y arsenal.
  5.   En general, todas aquellas actividades que, sin tener carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.

Comentarios a la terminología utilizada en el Estatuto: 
  • Cuando en el Estatuto se habla de Personal Auxiliar Sanitario Titulado, en la actualidad se debe entender que se refiere a A.T.S. / Enfermero-a / D.U.E.
  • Los denominados Servicios de Enfermería hacen referencia a Unidades de Hospitalización.
  • Los términos Instituciones Sanitarias Cerradas e Instituciones Sanitarias Abiertas, en la actualidad ambos en desuso, corresponden a Hospitales y Ambulatorios, respectivamente.

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