20 mar 2012

ESPAÑA, El TSJA falla contra una alumna que pedía indemnización por el Plan Bolonia

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el
recurso de apelación contra un auto de un juzgado de Oviedo realizado
por una estudiante de Enfermería que pedía una indemnización porque la
implantación del Plan Bolonia le obligaba a prolongar sus estudios.

En una sentencia cuyos fundamentos de derecho ha dado a conocer hoy el
TSJA se desestima el recurso contra un auto que señalaba que era de
imposible ejecución material una sentencia anterior que imponía una
indemnización de 7.277 euros que tenía que abonar la Universidad de
Oviedo.

El TSJA considera "poco verosímil" que una empresa en el actual
contexto del mercado laboral estuviera esperando a que la alumna
terminase sus estudios para contratarla, como ella alegaba para
reclamar 33.600 euros de indemnización.

Asimismo, el TSJA, que aparte de denegar ésta y otras indemnizaciones
también impone a la estudiante el pago de las costas, indica que esa
oferta de trabajo, aunque se aportara una certificación, se basaba en
supuestos "meramente hipotéticos".

Así, el Tribunal Superior no considera que pueda haber un perjuicio
indemnizable cuando no se sabe si la estudiante habría superado año
por año todos los cursos de los estudios, fuera Enfermería una
diplomatura o un grado, como pasa a ser con el Plan Bolonia.

Según el Tribunal, el recurso de apelación se ciñe exclusivamente a
discrepar de la cuantía indemnizatoria señalada en el auto apelado por
entender que no alcanza a reparar de forma integral el daño causado.

El auto estimaba que por el concepto de "gastos procesales" le
correspondían a la apelante 2.360 euros por los honorarios del
letrado, excluyendo los generados por la intervención no preceptiva
del procurador, algo que ratifica el TSJA.

Tampoco atiende a las peticiones de la estudiante de aumentos de
indemnización por gastos de matrícula, por manutención para desayunos
o por necesidades de locomoción, entre otros, por falta de
documentación en unos casos o por no estar ligados a que deba
continuar con los estudios de grado en otros.

La apelante aducía que eran gastos adicionales por los dos años
"extra" de carrera que tenía que cursar como consecuencia de la
negativa a que continuara sus estudios por el Plan de 2001.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gestión, Liderazgo Influencia de las Enfermeras/os en Políticas de Salud

Este año, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) propone a los Estados Miembros entablar un debate sobre el género, el liderazgo y...