Enfermero y médico han de trabajar en equipo para atender a los pacientes, pero las responsabilidades y capacidades son distintas. La polémica de la receta enfermera se produce porque el borrador de Real Decreto, en el artículo 3 del capítulo 2, dice que «los enfermeros podrán indicar, usar y autorizar dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, mediante la orden de dispensación». No discutimos que el enfermero indique productos sanitarios que utiliza en su labor diaria (curas, heridas...). No alegamos nada a indicar productos no sujetos a receta médica, siempre que se refleje en la historia del paciente. Este proyecto de Real Decreto, so pretexto de dar seguridad a prácticas y cuidados que desarrollan los enfermeros de forma habitual y eficiente, quiere abrir la puerta a más competencias que no son del enfermero. Los médicos no pretendemos generar alarma ni desencuentros entre profesionales pero los hechos hay que reflejarlos para conocimiento de los ciudadanos que son nuestros pacientes, por lo que decimos con firmeza que los enfermeros no pueden ordenar la dispensación de medicamentos sometidos a receta médica».
Organización Enfermera al servicio de los trabajadores enfermeros de Argentina y Latinoamérica, integrando la información para la acción.
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