17 abr 2016

Cárcel para una paciente por agredir, insultar y escupir a una enfermera del Hospital Clínic



La sentencia le condena a un año de prisión por atentado contra un funcionario público

Una paciente ha sido condenada a un año de cárcel por agredir, insultar y escupir a una enfermera del Hospital Clínic de Barcelona la tarde del 26 de noviembre de 2014, tras una sentencia de conformidad en la que la acusada ha reconocido los hechos y ha evitado la celebración del juicio.

Los hechos sucedieron sobre las 18.30 horas, cuando la acusada, T.H.H., acudió al hospital por urgencias y fue ingresada en la cuarta planta del centro hospitalario, donde la enfermera le colocó una vía para suministrarle fármacos, según recoge la sentencia del Juzgado Penal 28 de Barcelona a la que ha tenido acceso Europa Press.

Fue entonces cuando la acusada le dio un puñetazo en la cara a la enfermera, luego una patada en la pierna y gritó que la estaban atacando; inmediatamente, entró su hijo, menor de edad, en la habitación y entre los dos arrinconaron a la sanitaria, le escupieron, la insultaron y le dijeron que la iban a matar.

La sentencia, que ya es firme, condena a la paciente como autora de un delito de atentado contra funcionario público y también de una falta de lesiones por la que le impone 120 euros de multa, además de a una indemnización de 870 euros a la enfermera.

NUMEROSOS ANTECEDENTES

La agresora es muy conocida en el Hospital Clínic por sus reiterados ataques contra el personal sanitario y tiene un largo historial de antecedentes penales, según han explicado a Europa Press fuentes cercanas.

La causa comenzó tramitándose como juicio de falta pero el letrado de la acusación, Albert Requena, impugnó la decisión al entender que no se trataba de una falta penal sino de un delito de atentado.

Si bien antes de la última reforma del Código Penal había cierta confusión sobre el delito de atentado contra médicos y enfermeros (por lo que el procedimiento comenzó como juicio de faltas), desde el 1 de julio de 2015 ya se prevé expresamente que se contemple como tal cuando son funcionarios docentes o sanitarios en el ejercicio de sus funciones.

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