Hasta el 26 de agosto se hallará abierta la convocatoria, en tanto que se ha establecido que el período de inscripción correrá desde el 29 de agosto al 2 de setiembre.
La presente Convocatoria tiene por objeto cubrir las funciones de Director/a de la Escuela de Enfermería, remuneradas con el cargo y la carga horaria detallada a continuación:
- Coordinador de Área de Gestión Facultad – Categoría "A", con dedicación de Tiempo Parcial - 20 horas semanales presenciales – (Ord. 84/2004 CS).
El docente que obtenga el cargo deberá cumplir las siguientes funciones:
- Conducir, orientar, supervisar y controlar las actividades académicas, de investigación, de extensión, relaciones institucionales y otras que se desarrollen las Carreras de Pregrado y Grado de la Escuela, dentro de un marco de excelencia y de valores éticos.
- Actuar como enlace entre las autoridades universitarias y las del Ministerio de Salud del Gobierno de Mendoza, en lo referente a la Escuela de Enfermería.
- Presidir y conducir las actividades de la Comisión Curricular de Enfermería.
- Elevar al Consejo Directivo, previo su tratamiento por la Comisión Curricular, el diseño curricular, la nómina de Directores y Codirectores de Cursos y Coordinadores de Año y el cronograma de actividades para cada ciclo lectivo.
- Coordinar los procesos conducentes a la acreditación de las carreras de la Escuela.
- Cumplir con otras funciones pertinentes que establezcan el Decano y el Consejo Directivo
- Cumplir y hacer cumplir las reglamentaciones vigentes.
La condición mínima requerida a los aspirantes para el cargo citado es ser Licenciado/a en Enfermería – Matrícula Profesional, con la acreditación correspondiente.
Los aspirantes o personas autorizadas deberán presentar en Mesa de Entradas de la FCM, de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 hs., la siguiente documentación:
- Solicitud de inscripción.
- Curriculum Vitae (un ejemplar en soporte papel y en formato digital), con carácter de declaración jurada.
- Plan de desarrollo institucional.
No será necesario acompañar la documentación probatoria pero la Comisión Asesora podrá requerir, al momento del coloquio, cualquier pobranza que considere necesaria.
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