26 oct 2015

Las tareas que por ley ya no harán los enfermeros

Es el caso de las vacunas, de la labor de las matronas, servicios de emergencia, atención a crónicos y curación de heridas o quemaduras
avid García. Madrid
La aprobación de Real Decreto de prescripción enfermera (que aún no ha entrado en vigor porque no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado) traerá implicaciones legales en el quehacer diario de estos profesionales ya que según la Mesa Enfermera (formada por el sindicato Satse y el Consejo General de Enfermería, CGE) "va en contra de los intereses de los pacientes".
 
Así, la propia Mesa Enfermera ha publicado un documento en el que enumera varios supuestos en los que los enfermeros tendrán que dejar de hacer su trabajo tal y como venían haciéndolo para adaptarse a la nueva norma, puesto que en el caso de los medicamentos sujetos a prescripción médica, el nuevo texto establece que será necesario que el médico  "haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir" por parte del enfermero.
 

Máximo González Jurado, presidente del CGE; Alfonso Alonso, ministro de Justicia; y Víctor Aznar, presidente de Satse.

Los representantes de la mesa enfermera consideran que esta nueva situación impide expresamente cualquier actuación o decisión enfermera relacionada con estos medicamentos cuando esta no vaya acompañada de una prescripción médica realizada de forma oficial: con   carácter individual, nominativa para cada paciente y donde se especifique claramente cuál es el acto enfermero objeto de atención.
 
¿Qué tendrán que dejar de hacer los enfermeros?
 
En el documento publicado por la Mesa Enfermera se precisa que a día de hoy los enfermeros están prescribiendo medicamentos de prescripción médica siguiendo protocolo y guías de la práctica clínica. Es decir, sin el diagnóstico ni la prescripción previa del médico, ya que se trata de situaciones que forman parte del ejercicio profesional de la enfermera. Sin embargo, según denuncian, estas situaciones tendrán que dejarse de hacer por la aprobación del nuevo RD, y enumeran algunos ejemplos.
 
Uno de ellos, tal vez el más importante, es el de las vacunas, ya que actualmente administran   vacunas después de realizar una valoración clínica, tanto en vacunas pediátricas (difteria, tos ferina, tétanos, hepatitis B,  etc.) como vacunas de adulto (gripe, tétanos y difteria, meningococo C, vacunas del viajero...). Con la nueva norma en la mano, por tanto, según explican, deberán tener antes la prescripción médica para poder administrarlas.
 
Otro de los ejemplos se refiere a las matronas, que son enfermeras especialistas. Explican que en la actualidad cuando gestionan un parto de forma autónoma prescriben a la parturienta nada más llegar al hospital diversos medicamentos como la oxitocina.
 
También a la hora de curar heridas, quemaduras o úlceras utilizan cremas que pueden llevar algún tipo de antibiótico o apósitos medicamentosos que a partir de ahora tendrán que ser prescritos por el médico.
 
En cuanto a los pacientes crónicos, los enfermeros reclaman que en la actualidad regulan la su medicación en las consultas de enfermería, por ejemplo, en el caso de los diabéticos o los pacientes anticoagulados.
 
Desde la Mesa Enfermera además se hace una referencia a los servicios de emergencia, en los que en ocasiones no viaja un médico. En este tipo de situaciones de emergencia en las que el tiempo de reacción juega un importante papel para salvarle la vida al paciente, indican, hay  situaciones donde la vida del paciente depende de la decisión inmediata de la enfermera y con la nueva normativa deberán tener la prescripción previa del médico.
 
En cuanto a los hospitales, señalan, las enfermeras suelen administrar en la actualidad medicamentos como la heparina para evitar la coagulación de la sangre en las vías que están puestas pero no abiertas.
 
Y para finalizar, los representantes de la profesión enfermera hacen una referencia a todos aquellos servicios donde no hay médicos en plantilla de forma permanente como en empresas, escuelas, ambulancias, en el ámbito militar, y se preguntan al respecto si debe esperar la enfermera a tener un diagnóstico y una prescripción médica en los casos de urgencia.

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