Redacción. Santander
El Servicio Cántabro de Salud (SCS) ha dado luz verde a la creación de la categoría de Enfermería del Trabajo. Según señala la resolución publicada en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), esta medida responde al interés del SCS de llevar a cabo adaptaciones organizativas en adecuación a las necesidades asistenciales, y pretende mejorar la calidad de la asistencia.
Esto implica, a nivel orgánico, procurar unas categorías profesionales estatutarias adecuadas y adaptadas a las necesidades del momento, que permitan incorporar a quienes se encuentran más preparados profesionalmente para cubrir esas necesidades.
El régimen y las retribuciones para esta nueva categoría serán los establecidos en la Ley 55/2003 del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, en la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y su normativa complementaria y de desarrollo.
El personal de la nueva categoría extenderá su ámbito de actuación a los niveles de Atención Primaria y Especializada. En cualquier caso el enfermero del trabajo desarrollará sus funciones sin menoscabo de la competencia, responsabilidad y autonomía de otras categorías profesionales que actúan en el ámbito de la salud laboral y prevención de riesgos laborales, y en colaboración con las mismas.
El Servicio Cántabro de Salud (SCS) ha dado luz verde a la creación de la categoría de Enfermería del Trabajo. Según señala la resolución publicada en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), esta medida responde al interés del SCS de llevar a cabo adaptaciones organizativas en adecuación a las necesidades asistenciales, y pretende mejorar la calidad de la asistencia.
Esto implica, a nivel orgánico, procurar unas categorías profesionales estatutarias adecuadas y adaptadas a las necesidades del momento, que permitan incorporar a quienes se encuentran más preparados profesionalmente para cubrir esas necesidades.
El régimen y las retribuciones para esta nueva categoría serán los establecidos en la Ley 55/2003 del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, en la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y su normativa complementaria y de desarrollo.
El personal de la nueva categoría extenderá su ámbito de actuación a los niveles de Atención Primaria y Especializada. En cualquier caso el enfermero del trabajo desarrollará sus funciones sin menoscabo de la competencia, responsabilidad y autonomía de otras categorías profesionales que actúan en el ámbito de la salud laboral y prevención de riesgos laborales, y en colaboración con las mismas.
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